¿Qué revisa la Corte Constitucional?

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¿Qué revisa la Corte Constitucional?

¿Qué revisa la Corte Constitucional?

Funciones de la Corte Constitucional Decidir definitivamente sobre la constitucionalidad de los decretos legislativos que dicte el gobierno al amparo de los estados de excepción. Revisar las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela y los derechos constitucionales.

¿Qué es el control de constitucionalidad en Colombia?

El sistema de control constitucional es democrático, en tanto consagra la acción pública para acudir a un órgano jurisdiccional a fin de que se pronuncie sobre la validez de una forma que se considera violatoria de la corte fundamental.

¿Quién es la máxima autoridad de la Corte Suprema de Justicia?

El actual ministro presidente de la Suprema Corte es Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, electo para el periodo del 2 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2022.

¿Cuál es la composición de la Corte Constitucional?

  • Composición De acuerdo con el artículo 239 de la Constitución Política, la Corte Constitucional tendrá el número impar de miembros que determine la ley. Según el artículo 44 de la Ley 270 de 1996 (Ley Estatutaria de la Administración de Justicia) la Corte estará integrada por nueve (9) magistrados. Elección y período

¿Cuál es la máxima autoridad de la Corte Constitucional?

  • Su máxima autoridad es la Corte Constitucional. Tiene como principal función cuidar que se respeten nuestra Constitución y los derechos humanos o fundamentales de las personas, y resolver los asuntos Estudia las tutelas y que se puede convertir en una ley y que no.

¿Cuál es el número impar de miembros de la Corte Constitucional?

  • De acuerdo con el artículo 239 de la Constitución Política, la Corte Constitucional tendrá el número impar de miembros que determine la ley. Según el artículo 44 de la Ley 270 de 1996 (Ley Estatutaria de la Administración de Justicia) la Corte estará integrada por nueve (9) magistrados.

¿Cuál es el período de elección de los magistrados de la Corte Constitucional?

  • Elección y período Los Magistrados de la Corte Constitucional serán elegidos por el Senado de la República para períodos individuales de ocho años, de sendas ternas que le presenten el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.( Artículo 239 de la Constitución Política y 44 de la Ley 270 de 1996.)

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