¿Cómo se clasifican las obligaciones plurales según su objeto?

¿Cómo se clasifican las obligaciones plurales según su objeto?

¿Cómo se clasifican las obligaciones plurales según su objeto?

Las condiciones plurales por su objeto son de tres tipos: conjuntivas, alternativas y facultativas. La obligación es conjuntiva cuando el deudor debe cumplir, para liberarse, varias prestaciones.

¿Cuáles son las clasificaciones de las obligaciones?

Se pueden clasificar las obligaciones de acuerdo a los sujetos, al objeto y la vinculo. ... Obligaciones solidarias: son aquellas donde cada acreedor puede exigir y cada deudor esta obligado por el total de la prestación, una vez pagada por uno, la obligación se extingue para todos.

¿Cuando estamos ante una obligación alternativa?

Obligaciones alternativas son aquellas en las que el deudor debe desarrollar completamente una prestación de las varias a las que, alternativamente, está obligado. Existen una pluralidad de prestaciones, pero sólo hay que cumplir una para extinguir la obligación.

¿Cuáles son las obligaciones a plazo?

Es obligación a plazo aquella para cuyo cumplimiento se ha señalado un día cierto. Artículo 1954. Entiéndase por día cierto aquél que necesariamente ha de llegar.

¿Cómo se clasifican las obligaciones en el C civil?

Así, tenemos a las obligaciones de dar (título I); obligaciones de hacer (título II); obligaciones de no hacer (título III); obligaciones alternativas y facultativas (título IV); las obligaciones divisibles e indivisibles (título V) y a las obligaciones mancomunadas y solidarias (título VI).

¿Cuáles son las 6 fuentes de las obligaciones?

Justiniano señaló cuatro fuentes de las obligaciones: contratos, delitos, cuasicontratos y cuasidelitos. ... El contrato puede definirse como un acuerdo entre varias personas, que tiene por objeto producir una o más obligaciones civiles. El delito es un hecho humano contrario al derecho y castigado por la ley.

¿Cuáles caracteres reviste las obligaciones?

1° La obligación es un vínculo de derecho en virtud del cual el deudor está sujeto a ejecutar una prestación. 2° La obligación es un derecho de naturaleza pecuniaria y se opone así a las relaciones de familia, tales como la patria potestad, y a los derechos de la personalidad. ...

¿Cuál es la clasificacion de las obligaciones mercantiles?

Por su objeto, las obligaciones se clasifican en obligaciones de dar, de hacer, y de no hacer. Las obligaciones de dar consisten en la traslación de la propiedad de cosa cierta y en la enajenación temporal del uso o goce de cosa cierta y en la restitución de cosa ajena o en el pago de cosa debida.

¿Quién elige en una obligación alternativa?

En las obligaciones alternativas la elección corresponde al deudor, si no se ha pactado otra cosa. Artículo 1964. La elección no producirá efecto sino desde que fuere notificada.

¿Qué son las obligaciones alternativas y ejemplos?

La obligación alternativa tiene por objeto una prestación entre varias que son independientes y distintas entre sí. El deudor está obligado a cumplir una sola de ellas. Ejemplo: “Juan” deberá entregarle a “Alberto” un disco de una determinada banda de rock o un libro de Borges.

¿Cuál es el objeto de la obligación?

  • El objeto de la obligación debe existir o ser posible: “ ad impossibilia nemo tenetur ”. Por tanto, nadie puede ser obligado a cosas imposibles. El art. 1272 CC señala que “No podrán ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles”. La consecuencia de la imposibilidad de la prestación es la nulidad de la obligación.

¿Qué son las obligaciones de hacer o no hacer?

  • Las obligaciones de no hacer son aquellas abstenciones a las que se compromete el deudor que pueden involucrar también un no dar (secreto profesional, obligación de no revelar el secreto de la fórmula de la Coca-Cola, no construir una edificación, etc.). ¿Qué son las obligaciones de hacer o no hacer?

¿Cuáles son las obligaciones de dar?

  • Además, el CC establece una serie de bases comunes a priori a todas las obligaciones de dar: El artículo 1094 del Código Civil: la obligación de conservar diligentemente lo que haya que dar (“con la diligencia propia de un buen padre de familia”)

¿Cuáles son los tipos de obligaciones según el Código Civil?

  • ¿Cuáles son los tipos de obligaciones según el Código Civil? Las obligaciones en derecho civil son de tres clases; obligaciones de dar, hacer y no hacer, y estas obligaciones se pueden extinguir de diferentes formas. ¿Cuántas clases de obligaciones hay y cuáles son?

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