¿Cuando una obligación es divisible?

¿Cuando una obligación es divisible?

¿Cuando una obligación es divisible?

Las obligaciones divisibles son aquellas en las que la prestación se puede dividir. ... En las obligaciones mancomunadas, cuando son divisibles, se divide el crédito o la deuda en tantas partes iguales como acreedores o deudores haya, reputándose créditos o deudas distintos unos de otros.

¿Qué es una obligación divisible e indivisible ejemplos?

La obligación es divisible o indivisible según tenga o no tenga por objeto una cosa susceptible de división, sea física, sea intelectual o de cuota. Así, la obligación de conceder una servidumbre de tránsito, o la de hacer construir una casa, son indivisibles; la de pagar una suma de dinero, divisible.

¿Qué es un deudor indivisible?

[DCiv] Obligaciones que por la naturaleza de su objeto o porcircuntancias convencionales no son susceptibles de ser divididas entre acreedores o deudores. Son las relaciones obligatorias entre acreedor y deudor, y en las cuales la prestación ha de ser cumplida sin dividir su objeto.

¿Cuáles son los tipos de obligaciones?

Obligación de objeto múltiple. Obligación acumulativa. Obligación alternativa. Obligación facultativa.

¿Qué son obligaciones indivisibles ejemplos?

Son obligaciones indivisibles aquellas de sujeto plural que, de acuerdo a la naturaleza de la prestación, no pudiesen ser cumplidas sino por entero. Artículo 813. Son indivisibles las obligaciones no susceptibles de cumplimiento parcial. Ejemplo: Carlos y Lucas deben entregar a Susana y Marta un sillón de cuero ruso.

¿Qué es una obligación condicional?

Obligaciones condicionales son aquellas cuya eficacia depende de la realización de una condición, entendida como un hecho futuro e incierto. La eficacia de la relación jurídica es incierta, pues sus efectos pueden no llegar a producirse si la condición no se cumple o desaparecer cuando la condición se resuelve.

¿Qué son las obligaciones indivisibles ejemplos?

Son obligaciones indivisibles aquellas de sujeto plural que, de acuerdo a la naturaleza de la prestación, no pudiesen ser cumplidas sino por entero. Artículo 813. Son indivisibles las obligaciones no susceptibles de cumplimiento parcial. Ejemplo: Carlos y Lucas deben entregar a Susana y Marta un sillón de cuero ruso.

¿Qué es un derecho divisible?

Art. 669. Las obligaciones de dar son divisibles cuando tienen por objeto entregas de sumas de dinero o de otras cantidades, o cuando teniendo por objeto la entrega de cosas inciertas no fungibles, comprenden un número de ellas de la misma especie, que sea igual al número de acreedores o deudores, o a su múltiple.

¿Cuál es la diferencia entre indivisibilidad y solidaridad?

Son indivisibles si las prestaciones no pudiesen ser cumplidas sino por entero. Artículo 2004. La solidaridad estipulada no da a la obligación el carácter de indivisible, ni la indivisibilidad de la obligación la hace solidaria. Artículo 2005.

¿Qué es la indivisibilidad de pago?

Esta indivisibilidad se refiere al caso en que el cumplimiento de la obligación se ha hecho imposible por culpa de uno de los codeudores de una obligación, sea esta divisible o indivisible. Si ello ocurre, el codeudor culpable es obligado al pago total de los perjuicios que el incumplimiento acarree al acreedor.

¿Cómo se dividen las obligaciones divisibles?

  • En las obligaciones divisibles, el crédito o la deuda se presumen divididos en tantas partes iguales como acreedores o deudores existan, reputándose créditos o deudas distintos e independientes unos de otros, salvo que lo contrario resulte de la ley, del título de la obligación o de las circunstancias del caso.

¿Qué son las cosas divisibles?

  • -Son cosas divisibles aquellas que pueden fraccionarse, resultando de ello partes singulares que ostenten la misma función del todo. La diferencia resultando entre cada fracción y el todo, sería una de cantidad, y no de calidad. -Si el objeto de la prestación es divisible, los contratantes pueden convenir en otorgarle un carácter de indivisible.

¿Qué son las obligaciones divisibles y indivisibles?

  • Nosotros nos referiremos a las obligaciones divisibles e indivisibles. 2. Obligaciones divisibles e indivisibles Los bienes son divisibles cuando es posible fraccionarlos y cada parte mantiene las características esenciales del conjunto, con una reducción proporcional de su valor.

¿Cuál es el principio de divisibilidad?

  • Por tanto, el artículo 1172 prevé el principio de divisibilidad, o sea la presunción iuris tantum de que en las obligaciones divisibles el crédito y la deuda se encuentran divididos en tantas partes iguales como acreedores y deudores existan salvo pacto en contrario. 3. Conclusiones

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